Ventajas del
Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006
(MLC-CTM)
Una
referencia mundial sobre cuestiones relativas al trabajo marítimo
·
El
4.° pilar de un sector marítimo de calidad (junto con los convenios SOLAS,
MARPOL y el Convenio de Formación)
· Un conjunto de principios y derechos fundamentales
sobre el trabajo marítimo
·
La
simplificación de los requisitos nacionales
·
El
cumplimiento verificable de los requisitos mínimos fundamentales tanto sociales
como en materia de empleo
·
Aplicación
a todos los buques, incluidos los de los Miembros no ratificantes
·
Mejores
condiciones de vida y de trabajo para la gente de mar
·
Una
fuerza de trabajo más protegida y responsable en el sector marítimo
·
Un
sector marítimo socialmente más responsable
·
Gente
de mar mejor informada sobre sus derechos y sobre cómo reclamar reparación
·
Mejor
supervisión a todos los niveles: el buque, la compañía, el Estado del pabellón,
el Estado rector del puerto y la
OIT
·
Cumplimiento
y control de la aplicación mundiales y uniformes
·
Más
posibilidades de mantener actualizadas las condiciones laborales
·
Examen
permanente de las condiciones de trabajo en el sector marítimo
·
Efectos
positivos en la seguridad en el mar
·
Efectos
positivos en la protección del medio ambiente
Para la Gente de mar
·
Un
conjunto de principios y derechos fundamentales sobre el trabajo marítimo, y de
derechos fundamentales de la OIT
·
El
convenio especifica claramente los derechos fundamentales en el empleo de la
gente de mar
·
Gente
de mar mejor informada sobre sus derechos y sobre cómo reclamar reparación
·
Un
mejor control del cumplimiento de las condiciones mínimas de vida y de trabajo
·
Derecho
de presentar quejas tanto a bordo como en tierra
·
Identificación
clara del armador con responsabilidad general a los fines del Convenio
Para los Gobiernos
·
Simplificación
de las obligaciones relativas al envío de memorias (memoria sobre un convenio
en lugar de memorias sobre varios convenios)
·
Una
mayor capacidad para controlar la aplicación a bordo de todos los buques
·
Una
mejor calidad de los servicios en el sector marítimo
·
Una
mayor protección del medio ambiente
·
Mayor
flexibilidad, manteniendo la solidez de los derechos y ganando en flexibilidad
en la forma de implementarlos, facilitando así la ratificación e implementación
del Convenio
·
Sistema
de certificación obligatorio solo para buques de mas de 500 GT
·
Protección
contra la competencia desleal para buques que no se ajusten a las normas,
gracias a la cláusula de "no mas tratamiento favorable" para los
buques de los países que no han ratificado el Convenio
·
Implementación
de los requisitos obligatorios a través de medidas que son equivalentes en
cuanto al fondo, con excepción de la parte V
·
Ventajas
otorgadas a los buques de los países que han ratificado el Convenio
Para los Armadores
·
Unas
reglas de juego más equitativas para contribuir a asegurar una competencia
justa y a poner fin al incumplimiento de las normas
·
Beneficiarán
de un sistema de certificación, incluyendo la posibilidad de un sistema de
certificación para buques de menos de 500 GT, a solicitud del armador
·
Un
sector marítimo socialmente más responsable
·
Una
fuerza de trabajo más protegida y eficaz
·
Ayudan
a asegurar que las operaciones de sus buques se realizan en condiciones de
seguridad y protección sin que apenas surjan problemas o se produzcan retrasos
en los puertos
·
El
nuevo convenio contiene unas normas mínimas armonizadas con la práctica actual
en el sector marítimo que deberían ser fáciles de cumplir para la mayoría de
los armadores
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