CARTA APOSTÓLICA EN FORMA DE «MOTU PROPRIO»DEL SUMO PONTÍFICE
FRANCISCO
FRANCISCO
Instituye el
Dicasterio para el Servicio del
Desarrollo Humano Integral
En todo su ser y obrar, la Iglesia está
llamad a a promover el desarrollo integral del hombre a la luz del Evangelio.
Este desarrollo se lleva a cabo mediante el cuidado de los inconmensurables
bienes de la justicia, la paz y la protección de la creación. El Sucesor del
Apóstol Pedro, en su labor de promover estos valores, adapta continuamente los
organismos que colaboran con él, de modo que puedan responder mejor a las
exigencias de los hombres y las mujeres, a los que están llamados a servir.
Con el fin de poner en práctica la
solicitud de la Santa Sede en los mencionados ámbitos, como también en los que
se refieren a la salud y a las obras de caridad, instituyo el Dicasterio para
el servicio del desarrollo humano integral. En modo particular, este Dicasterio
será competente en las cuestiones que se refieren a las migraciones, los
necesitados, los enfermos y los excluidos, los marginados y las víctimas de los
conflictos armados y de las catástrofes naturales, los encarcelados, los
desempleados y las víctimas de cualquier forma de esclavitud y de tortura.
En el nuevo Dicasterio, regido por el
Estatuto que con fecha de hoy apruebo ad experimentum, confluirán,
desde el 1 de enero de 2017, las competencias de los actuales Consejos
Pontificios que se indican a continuación: el Consejo Pontificio Justicia y
Paz, el Consejo Pontificio «Cor unum», el Consejo Pontificio para la Pastoral
de los Emigrantes e Itinerantes y el Consejo Pontificio para la Pastoral de la
Salud. En esa fecha, estos cuatro Dicasterios cesarán en sus funciones y serán
suprimidos, quedando abrogados los artículos 142-153 de la Constitución
apostólica Pastor Bonus.
Cuanto deliberado con esta Carta apostólica en forma de «Motu proprio», ordeno que entre en vigor de manera firme y estable, no obstante cualquier disposición contraria, aunque sea digna de particular mención, y que sea promulgada mediante publicación en L’Osservatore Romano y, posteriormente, en Acta Apostolicae Sedis, entrando en vigor el 1 de enero de 2017.
Cuanto deliberado con esta Carta apostólica en forma de «Motu proprio», ordeno que entre en vigor de manera firme y estable, no obstante cualquier disposición contraria, aunque sea digna de particular mención, y que sea promulgada mediante publicación en L’Osservatore Romano y, posteriormente, en Acta Apostolicae Sedis, entrando en vigor el 1 de enero de 2017.
Dado en Roma, junto a San Pedro,
el 17 de agosto de 2016, Jubileo de la Misericordia, cuarto de mi Pontificado.
Francisco
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